lunes, 21 de mayo de 2007

II Republica española


Tras la dimisión voluntaria del general Miguel Primo de Rivera, Alfonso XIII intentó devolver el debilitado régimen monárquico a la senda constitucional y parlamentaria, a pesar de la debilidad de los partidos dinásticos. Para ello el gobierno de la Corona convocó una ronda de elecciones que debían inyectar legitimidad democrática en las instituciones monárquicas.
El 12 de abril de 1931 se celebraron las elecciones municipales. Aunque se saldaron con una contundente victoria monárquica en las urnas (40.275 concejales monárquicos frente 26.563 republicano-socialistas y 14.261 de los que nunca más se supo), el impulso republicano quedó de manifiesto al triunfar en 41 capitales de provincia. Así lo entendieron Romanones y el propio Rey, que constataron la falta de apoyo popular en las ciudades. El Monarca renunció a mantenerse en el poder, y el 14 de abril de 1931 marchó hacia el exilio.

Entretanto, la primera ciudad en la que se izó la bandera tricolor fue Éibar (el día 13), pero el día siguiente la imitaron las principales capitales españolas, incluyendo Barcelona y Madrid, en las que las candidaturas republicanas obtuvieron mayorías muy holgadas.
Alfonso XIII abandonó el país sin abdicar formalmente y se trasladó a París, fijando posteriormente su residencia en Roma. En enero de 1941 abdicó en favor de su tercer hijo, Juan. Falleció el 28 de febrero del mismo año.

Tras la proclamación de la República tomó el poder un gobierno provisional presidido por Niceto Alcalá-Zamora desde el 14 de abril hasta el 14 de octubre de 1931, fecha en que presentó su dimisión por su oposición al laicismo del Estado, recogido en el artículo 26 de la nueva Constitución, siendo sustituido por Manuel Azaña. El 10 de diciembre de 1931 fue elegido Presidente de la II República Española Niceto Alcalá-Zamora, por 362 votos de los 410 diputados presentes (la Cámara estaba compuesta por 446 diputados). En este cargo se mantuvo hasta el 7 de abril de 1936, cuando el nuevo gobierno del Frente Popular pide su dimisión por haber convocado dos veces elecciones generales (de las que los frentepopulistas salieron beneficiados), volviendo a sustituirle Manuel Azaña.

El 28 de junio de 1931 se celebraron elecciones a Cortes Constituyentes, que elaboraron y aprobaron una Constitución el día 9 de diciembre del mismo año.

La Constitución de la Segunda República supuso un avance notable en el reconocimiento y defensa de los derechos humanos por el ordenamiento jurídico español y en la organización democrática del Estado: dedicó casi un tercio de su articulado a recoger y proteger los derechos y libertades individuales y sociales, amplió el derecho de sufragio activo y pasivo a los ciudadanos de ambos sexos mayores de 23 años y residenció el poder de hacer las leyes en el mismo pueblo, que lo ejercía a través de un órgano unicameral que recibió la denominación de Cortes o Congreso de los Diputados y, sobre todo, estableció que el Jefe del Estado sería en adelante elegido por un colegio compuesto por Diputados y compromisarios, los que a su vez eran nombrados en elecciones generales.

Todos ellos son distintivos de la preocupación republicana por la soberanía popular y la democracia efectiva, por lo que es posible enunciar una serie de principios que la Constitución incorporó o reafirmó como elementos esenciales del ordenamiento jurídico español:
El principio de igualdad de los españoles ante la Ley, al proclamar a España como "una república de trabajadores de toda clase".

El principio de laicidad, por el que se iba más allá de la mera separación entre la Iglesia y el Estado para adentrarse en un ámbito de total eliminación de la religión de la vida política.
El principio de elección y amovibilidad de todos los cargos públicos, incluido el Jefe del Estado.
El principio monocameral, más acorde a la democracia, que suponía la eliminación de una segunda Cámara aristocrática o de estamentos privilegiados y por el cual el poder legislativo sería ejercido por una sola Cámara.

Se preveía la posibilidad de la realización de una expropiación forzosa de cualquier tipo de propiedad, a cambio de una indemnización, para utilización social así como la posibiliad de nacionalizar los servicios públicos.
Amplia declaración de derechos y libertades. Concedía el voto desde los 23 años con sufragio universal también femenino.
Separación de la Iglesia y el Estado, además del reconocimiento del matrimonio civil y el divorcio

Como nuevos símbolos del Estado, se adoptaron los símbolos republicanos adoptados popularmente durante el siglo XIX: la bandera de tres franjas horizontales, de arriba a abajo: roja, gualda y morada, el escudo era similar al anterior monárquico aunque la corona se había sustituido por una de tipo mural.

De manera similar, se escogió como himno nacional el popularmente conocido durante gran parte del siglo XIX como el Himno de Riego, que venía a sustituir a la Marcha Real y, junto con la bandera tricolor y otros distintivos, al conjunto de símbolos monárquicos y tradicionalistas vigentes hasta el momento.